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L
LARGO PLAZO Período de tiempo en operaciones bursátiles con vencimiento de la orden alrededor de un año. Es una clasificación subjetiva y depende del sector económico y de la actividad.
LAVADO DE CUPÓN. Operación de venta y recompra pactada sobre un título antes y después de un reparto de dividendo o del inicio de una ampliación de capital con el solo objetivo de conseguir ventajas fiscales.
LETRAS DEL TESORO. Título de deuda pública a corto plazo (menos de 18 meses) emitidos por el Tesoro Público. Su valor nominal es de un millón de pesetas, se emiten al descuento y se adquieren por subasta en el mercado primario y se negocian en el mercado secundario de renta fija.
LIBOR. Acrónimo de London Interbanking Offering Rate. Tipo de interés para depósitos en el mercado interbancario de Londres. Existe un libor para cada una de las eurodivisas, en cada uno de los plazos en que se cotizan los depósitos.
LEASE‑BACK. Contrato por el cual una empresa vende a una sociedad de leasing un inmovilizado y a continuación firma un contrato de leasing cuyo objeto es el bien enajenado.
LEASING O ARRENDAMIENTO FINANCIERO. Contrato entre una sociedad de leasing, arrendador, propietario del bien, que permite al arrendatario la utilización del mismo, durante un período fijo de tiempo, mediante el pago periódico de una determinada cuota y una vez finalizado dicho período, disponer de una opción de compra sobre dicho bien.
LETRA AVALADA. Letra de cambio respaldada por un tercero, normalmente un banco, contra el que se puede dirigir el librador si no cobra del librado al vencimiento.
LETRA DE CAMBIO. Es un título cambiario con poder ejecutivo por el que el librador ordena al librado que pague una cantidad en fecha y lugar determinado a favor del tenedor del documento.
LETRA DOMICILIADA. Letra de cambio en la que se especifica claramente la institución financiera y el número de cuenta corriente a través de la que el librado efectuará el pago.
LIBRADOR. Persona que libra o expide una letra de cambio.
LIBROS OBLIGATORIOS. Todo empresario llevará necesariamente, sin perjuicio de lo establecido en las leyes y disposiciones especiales, un libro de inventario y cuentas anuales y otro diario.
M
MAQUINARIA. Conjunto de máquinas mediante las cuales se realiza la extracción o elaboración de los productos.
MATERIAL DE OFICINA. Bienes destinados a material de oficina que como norma general no se consume durante el período impositivo.
MATERIAS PRIMAS. Elementos o sustancias que constituyen la base del proceso de producción.
MERCADERIA. Cualquier producto adquirido por la empresa y destinado a la venta sin transformación.
MERCADO A MEDIDA. Mercados que funcionan en paralelo con los mercados organizados y en los que se realizan contratos financieros a medida (forward) no normalizados.
MERCADO AL CONTADO. Mercado en el que se realiza la operación de compra-venta simultáneamente con la entrega del producto comprado o vendido (acciones, materias primas, etc). Se complementa con el mercado a plazo en los que los productos del mercado al contado son los subyacentes del mercado a plazo.
MERCADO BURSÁTIL. Mercado primario y secundario de compraventa y emisión de valores de renta fija y renta variable.
MERCADO CONTINUO. Mercado electrónico de las bolsas de valores en que se introducen las órdenes de compra y venta en un sistema informático que realiza el cruce de las operaciones de forma automática. En muchas bolsas ha sustituido al mercado de corros.
MERCADO DE DIVISAS. Mercado de compraventa de moneda extranjera entre instituciones financieras. Es un mercado interbancario de carácter internacional donde se opera con divisas tanto al contado como a plazo.
MERCADO PRIMARIO. Mercado de emisión de títulos es decir es el mercado de los títulos cuando salen por primera vez a la venta. Se complementa con el mercado secundario.
MERCADO SECUNDARIO. Mercado de intercambio de títulos previamente emitidos y que ya figuran en posesión de los inversores. Por ejemplo: las bolsas de valores.
MERCADO DE DINERO. Mercado telefónico organizado donde diariamente se intercambian los activos financieros que por su corto plazo y alta seguridad se pueden considerar sustitutivos de dinero.
N
NOMINAL. Valor del titulo que figura inscrito en el mismo.
NOMINATIVO. Título o documento extendido a favor o a la orden de una persona determinada, por contraposición a las que son al portador.
Ñ

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