Diccionario
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F

FACTORING. Operación a través de la cual una empresa transfiere sus créditos comerciales, normalmente a corto plazo y están documentados o no en letras de cambio o instrumentos similares, a un factor, quien asume la gestión de cobro y el riesgo de insolvencia a cambio del pago de unos gastos por su intervención.

FECHA DE EJERCICIO. Es la fecha límite de la opción, en la que el comprador de la misma debe decidir si ejerce su derecho a compra o de vender.

FECHA DE NEGOCIACIÓN. Fecha que es llevada la letra al banco para su descuento.

FECHA DE VALOR. Fecha a partir de la cual se considera contablemente abonada o cargada en una cuenta corriente determinada cantidad a efectos de intereses.

FECHA DE VENCIMIENTO. Fecha en que debe ser pagada la letra. Si usted tiene una letra que vence a 30 días, el vencimiento es cuando finalicen los 30 días, si no quiere espera puede descontar esta letra en el banco (descontando la letra) y cuando pasen los 30 días el banco cobrará la letra.

FIANZA. Obligación subsidiaria que asegura el cumplimiento de una obligación principal contraída por un tercero. Cuando se obliga a uno a pagar o a cumplir por un tercero, en caso de hacerlo éste. (art. 1822 C.C.).

FIANZAS RECIBIDAS. Cantidad de dinero que recibe la empresa a modo de garantía del cumplimiento de una obligación a realizar por un cliente o deudor.

FINANCIACIÓN BÁSICA. Comprende todos los recursos financieros a largo plazo utilizados por la empresa. Están incluidos los recursos aportados por lo propietarios con los pasivos exigibles a largo plazo.

FINANCIACIÓN. Aportación de dinero para desarrollar un proyecto o empresa, puede ser con fondos propios o ajenos.

FONDOS DE INVERSIÓN. Institución sin personalidad jurídica propia que tiene como objetivo la propiedad comunitaria de unos activos con finalidad de lucro. Existe una sociedad gestora que es la encargada de administrar el fondo y una entidad depositaria que se encarga de custodiar sus activos. A todas aquellas personas que forman parte del fondo se les da el nombre de partícipes.

FONDOS AJENOS. Conjunto de deudas que la empresa tiene cuantificadas dentro del pasivo exigible.

FONDOS DE FONDOS, son fondos de inversión que invierten en acciones o participaciones de varias instituciones de inversión colectiva (FIM, FIAMM, SIM..) y no en activos como renta variable, fija o en el mercado inmobiliario.

FONDOS DE INVERSIÓN DE ACTIVOS EN EL MERCADO MONETARIO (FIAMM). Fondos de inversión que invierten su patrimonio exclusivamente en activos financieros a corto plazo (letras, bonos, pagarés de empresas, etc.).

FONDOS DE INVERSIÓN INMOBILIARIA (FII). Son instituciones de inversión colectiva con carácter no financiero dirigidas a la inversión en inmuebles destinados al alquiler o venta.

FONDOS DE INVERSIÓN MOBILIARIA (FIM). Se trata de entidades que invierten en cualquier tipo de valores o activos financieros de renta fija o variable, a corto y largo.

FONDOS DE INVERSIÓN MOBILIARIA DE RENTA FIJA. Son FIM que invierten, exclusivamente, en deuda pública y privada, a medio y largo plazo.

FONDOS DE INVERSIÓN MOBILIARIA DE RENTA VARIABLE. Aquellos FIM que invierten todo su patrimonio en acciones de empresas que cotizan en Bolsa. No pueden destinarse más del 10% del capital a un mismo valor.

FONDOS DE INVERSIÓN MOBILIARIA MIXTOS DE RENTA FIJA. Son aquellos FIM que invierten como máximo el 75% de su patrimonio en activos de renta fija, y el resto en Bolsa.

FONDOS DE INVERSIÓN MOBILIARIA MIXTOS DE RENTA VARIABLE. Son FIM que tienen la mayor parte de su capital (el 75%) en Bolsa y el resto en deuda pública y privada.

FONDOS DE PENSIONES. Patrimonios creados al objeto exclusivo de dar cumplimiento a los planes de pensiones, cuya gestión, custodia y control se realizan de acuerdo con la Ley, sin que tengan personalidad jurídica.

FONDOS GARANTIZADOS. Son FIM, acompañados de garantía personal externa, en virtud de la cual, bajo ciertas condiciones, se compensa al partícipe de las posibles diferencias entre los valores garantizados y el valor liquidativo del fondo a una fecha determinada.

FONDOS INTERNACIONALES. Son fondos que juegan con la oscilación de la Bolsa o la deuda y con la variación de las divisas.

FONDOS PARAGUAS. Son productos subdivididos en diferentes compartimentos o fondos, que operan en distintos mercados.

FONDOS PROPIOS. Son los formados por todas aquellas partidas que representan las aportaciones de la empresa, no exigible por terceros. Representa el pasivo no exigible o neto patrimonial.

FONDTESOROS. Fondos que invierten su patrimonio exclusivamente en títulos de Deuda del Estado a corto, medio y largo plazo (letras a un año, bonos y obligaciones).

 

 

G

 

GASTOS AMORTIZABLES. Son partidas del activo de balance que cumplen las siguientes características: Son el resultado de una transacción económica que implica desembolso. No tienen valor de realización considerados de forma aislada, ni representan derechos de cobro y, normalmente son transferibles a terceros. Capacitan a la empresa para obtener ingresos en el futuro, con una proyección económica superior al año.

GASTOS ANTICIPADOS. Son aquellos que, estando reflejados en contabilidad por haberse realizado el pago o haber nacido la obligación de realizarlo, no se han devengado todavía, bien porque no se haya consumido bien porque no se haya recibido el servicio contratado.

GASTOS FINANCIEROS. Se corresponde el coste relacionado con la obtención de préstamos, empréstitos... Entre los que destacamos, intereses, formalización del contrato...

 

 

H

HABER. Es la parte derecha de la cuenta donde se recogen todos los abonos contables que realiza una empresa.

HIPOTECA INMOBILIARIA. Derecho real de realización de valor, establecido en función de garantía de una obligación dineraria de carácter accesorio e indivisible, de constitución registral que recae directamente sobre bienes inmuebles, ajenos y enajenables, y que permanecen en la posesión de su dueño.

HIPOTECA LEGAL TACITA. En relación con los tributos que graven periódicamente los bienes y derechos inscribibles en un Registro Público o sus productos, la Hacienda tiene preferencia sobre cualquier otro, aunque haya inscrito sus derechos, para cobrar las deudas no satisfechas por el año natural en que ejercita la acción administrativa de cobro y por el anterior.

HIPOTECA MOBILIARIA. Derecho real, constituido en garantía de una obligación, sobre bienes muebles ajenos que permanecen en la posesión de su dueño, para satisfacer con el importe de la venta de éstos, aquella obligación cuando sea vencida y no pagada.

HIPOTECA. Derecho real de realización de valor, establecido en función de garantía de una obligación dineraria de carácter accesorio e indivisible, de constitución registral que recae directamente sobre bienes inmuebles, ajenos y enajenables, y que permanecen en hipotecante.

 

 

I

 

IBEX 35: Es el primer índice de las bolsas españolas y se compone de los 35 títulos de mayor capitalización bursátil del mercado continuo. Se revisa cada seis meses y es un índice ponderado.

ÍNDICE. Número que representa el nivel de algún mercado financiero o alguna variable económica. por   ejemplo el ibex 35, el ipc, etc.

ÍNDICE DE BOLSA. Índice ponderado con respecto al volumen de contratación de las cotizaciones de los   principales títulos cotizados en una bolsa de valores e indica la subida o bajada de la cotización global. Para   una misma bolsa puede haber diferentes índices según su ponderación. Por ejemplo: IBEX 35, IGBM, MID   50, etc.

ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMO Índice ponderado de acuerdo con el consumo que una unidad   familiar media realiza y que mide el nivel general de precios con respecto a un período anterior. Es el   indicador más usado para medir la inflación y su acrónimo es IPC.

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (I.B.I.) El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es una tasa que se paga una vez al año. Y consiste en el pago al ayuntamiento correspondiente por parte del titular de un bien inmueble (casa, piso, etc.) de una cantidad estipulada.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS). Tributo de carácter directo, personal y que recae sobre la   totalidad de la renta obtenida por las sociedades y demás entidades jurídicas.

INDEMNIZACIÓN. Cantidad que satisface la entidad aseguradora para el pago de un siniestro producido y garantizado en la póliza.

INFLACIÓN. Elevación de los precios de los productos y de los servicios y por tanto disminución del poder adquisitivo del dinero. Se mide mediante el IPC.

INMOVILIZADO INMATERIAL. Está constituido por los activos intangibles adquiridos mediante contraprestación y cuya proyección económica futura, generalmente por un período superior al año, se manifiesta en su capacidad para generar ingresos o para reducir gastos futuros. Representa bienes o derechos que por su sustantividad son susceptibles de valoración económica.
INMOVILIZADO MATERIAL EN CURSO. Son todos los coste que incurre la empresa en  la fabricación de sus inmovilizados materiales hasta su finalización y Puesta en funcionamiento.

INMOVILIZADO. Parte del activo de una entidad jurídica que permanece en la misma por un período superior a un año.

INTERÉS COMPUESTO. Fórmula de calcular el interés en la que en cada período de cálculo el interés se acumula al capital, sirviendo esta cifra de base para calcular los intereses en el siguiente período.

INTERÉS DE DEMORA. Es un elemento eventualmente integrante de la deuda tributaria, es el interés legal del dinero vigente a lo largo del período en que aquél se devengue, incrementado en un 25%, salvo que la LGP establezca otro diferente.

INTERÉS FIJO. Tipo de interés que no varía sobre el originalmente pactado ni depende del comportamiento de otros factores económicos.

INTERÉS INTERBANCARIO. Tipo de interés cruzado en el mercado de activos computables en el coeficiente de caja interbancario.

INTERÉS LEGAL. Tipo de interés establecido anualmente por el Estado a través de la Ley de Presupuestos aplicable a los particulares en todas sus relaciones activas o pasivas con él.

INTERÉS LIBOR. Tipo de interés para depósitos en el mercado interbancario de Londres.

INTERÉS MIBOR. Tipo de interés para depósitos en pesetas en el mercado

INTERMEDIACIÓN FINANCIERA. Ejercicio de la actividad consistente en la prestación de un servicio por el cual por cargo y cuenta de un tercero, se realizan operaciones que impliquen un flujo monetario.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I.V.A.). Es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava: las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes.

 

 

J

 

 

 

 

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